Micelio
Auto25 de febrero de 2021

A- de 2021

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Fernando Aurelio Acevedo Marin

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Petición de cumplimiento de la Sentencia C-750/08.

El memorialista le indicó a la Corte que el Juez Cuarto Civil del Circuito de Ibagué se muestra reticente para cumplir el fallo precitado.

Teniendo en consideración que las decisiones de constitucionalidad tienen efectos erga omnes y que los condicionamientos a la interpretación de la norma, hacen parte integral de la ley y adquiere la misma fuerza y rango, considera la Sala que el ciudadano puede acudir a los entes de control como la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo o las Personerías Municipales para solicitar la verificación del acatamiento de estas decisiones y que, si el presunto incumplimiento proviene de una autoridad judicial puede presentar queja disciplinaria ante la Comisión Nacional o Seccional de Disciplina Judicial.

En todo caso, precisó al peticionario que, si así lo considera, también puede acudir ante la Procuraduría General de la Nación y formular la respectiva queja disciplinaria.

Por último, señaló la Sala que la Corte es un órgano judicial que no cumple funciones consultivas, por lo que tampoco hay lugar a conceptuar sobre el particular.

Con base en las anteriores consideraciones RECHAZÓ el cumplimiento pretendido.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR la solicitud de cumplimiento de la Sentencia C-750 de 2008, presentada por el ciudadano Fernando Aurelio Acevedo Marin.
  2. SEGUNDO. INFORMAR al solicitante esta decision, por intermedio de la Secretaria General de esta corporacion.
  3. TERCERO. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.